Con frecuencia, las faltas se descuentan como 1.15 días. Si eres de los que nunca tienen inasistencias o faltan injustificadamente a trabajar, o llevado más allá, de aquellos que por ningún motivo se ausentan de su posición de trabajo, quizá te sorprendiste si la primera vez que tuviste que hacerlo con su respectivo descuento salarial, notaste que el descuento sobre tu sueldo no era de un día, sino de 1.15 días.
Esto se debe a una razón muy sencilla, relacionada con los días de descanso (especialmente el domingo o “séptimo día”), sean uno o dos, que los patrones pagan sin que los empleados tengan que asistir a trabajar, como una prestación para el trabajador que ya laboró toda la semana.
Precisamente porque este beneficio alude a alguien que ya trabajó los cinco o seis días que le correspondían, es que el descuento aplica así, y que en algunos países, las empresas o dependencias hagan un descuento proporcional al pago de esos días de descanso. Si un trabajador falta una vez, ese día o días de descanso no se pagan completos, ya que las inasistencias “desacompletan” este derecho a los días de descanso pagados, así que se descuenta también la parte proporcional correspondiente a las faltas.